Amparo vs la Contabilidad Electrónica

 

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) no se dará por vencido. En los próximos días solicitará los recursos de revisión a las sentencias a favor de los contribuyentes para no enviar su contabilidad electrónica.

“La regulación de enviar la contabilidad electrónica no transgrede las garantías jurídicas ni de seguridad jurídica de los contribuyentes porque actualmente ellos ya están obligados a llevar la contabilidad. Lo único que tienen que hacer es enviarla”, dijo en entrevista el administrador General Jurídico del SAT, Jaime Flores Carrasco.

Datos oficiales indican que actualmente hay poco más de 20,000 solicitudes de amparo contra la contabilidad electrónica, de las cuales en 17,700 se culpa al fisco de la medida, y el resto se distribuye entre la Secretaría de Hacienda y la Presidencia de la República.

Las empresas solicitan el amparo porque consideran la medida inconstitucional. Argumentan que sus datos están en riesgo y homologarlos a los formatos que solicita el fisco les representa costos excesivos.

Ya se han emitido 34 sentencias. En 22 de ellas se negó el amparo, mientras que las otras 12 lograron resultados a su favor, pero de manera temporal.

“Es un amparo acotado porque se trata de una sentencia de primera instancia que será resuelta por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)”, según Flores Carrasco.

Una vez que el SAT sea notificado de los amparos, tendrá 10 días hábiles para solicitar recursos de revisión.

“Hasta el momento el SAT no ha emitido ninguno porque no ha sido notificado, mientras que la SHCP ya está en proceso de solicitarlos”, aseguró el funcionario del fisco.

La última palabra la tomará la SCJN a mediados del año próximo cuando emita una resolución definitiva sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la contabilidad electrónica.

“Lo que decida la Corte lo vamos a acatar ambas partes (…) Si la obligación resulta inconstitucional desaparecería el amparo y la obligación (de enviar la e-contabilidad) para todos”, dijo el funcionario.

Para el SAT, el argumento de que los contribuyentes tendrán una carga extra al enviar su contabilidad electrónica es inválido.

“Esta información ya la tienen en sus sistemas informáticos con anterioridad, incluso, antes de que entrara en vigor esta obligación”, dijo Flores Carrasco. Son procesos que ya venían haciendo a través de sus proveedores de software y con los cuales el SAT ha tenido reuniones previas para estandarizar procesos.

Hasta el momento el fisco no ha hecho ninguna revisión electrónica a las empresas que ya enviaron su contabilidad electrónica. Y por su parte, las empresas tienen aún la oportunidad de amparase si no han enviado su e-contabilidad.